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Declaración de valor de titulaciones académicas españolas

La declaración de valor expedida por esta Cancillería Consular es el documento que acredita el valor de una titulación académica oficial, obtenida en la circunscripción consular de Madrid (consultar más abajo para otras circunscripciones consulares) a los efectos de su reconocimiento para:

  • la continuación de los estudios en Italia (en dichos supuestos el servicio es gratuito) – para solicitar informaciones acerca de la inscripción en las Universidades italianas, se aconseja contactar con la Secretaría de la Facultad elegida: http://www.miur.it
  • con fines profesionales (en este supuesto se aplicará la tarifa consular de 41,00 € – art. 66N tabla derechos consulares)
  • a efectos de pensiones (INPS)

Por lo que se refiere a las profesiones sanitarias (medicina, enfermería, farmacia, etc.) se informa de que:

No se expedirán declaraciones de valor correspondientes a “titulaciones propias de las universidades españolas”, es decir a titulaciones referidas a programas universitarios no oficiales cuya aprobación no ha sigo regulada por el gobierno español.

Para las titulaciones expedidas en Aragón, Cataluña, Comunidad Valenciana, Islas Baleares, Murcia y Principado di Andorra la declaración de valor deberá ser solicitada al Consulado General de Italia en Barcelonahttps://consbarcellona.esteri.it/consolato_barcellona/it/i_servizi/studi/dichiarazioni_di_valore

Para las titulaciones expedidas en las Islas Canarias la declaración de valor deberá ser solicitada al Vice Consulado de Italia en Arona a la dirección:
https://consarona.esteri.it/consolato_arona/it/i-servizi/servizi-consolari/dichiarazioni-di-valore.html

Documentación a presentar:

  1. Original de la solicitud cumplimentada y firmada por el interesado (no se aceptarán fotocopias ni correos electrónicos) ·> [Solicitud de declaración de valor de títulos de estudios españoles] – Se informa que no podrán ser solicitadas más de 10 declaraciones de valor a la vez;
  2. Copia del documento de identificación (Documento de Identidad, pasaporte, DNI español);
  3. Copia compulsada en original del título o del certificado académico (no enviar nunca los originales del título ni del certificado). La compulsa de la copia podrá desprenderse de la legitimación expedida por los Entes públicos o notarios españoles o bien de una “declaración sustitutoria de acta de notoriedad » (art. 19 del DPR 445/2000) conforme al modelo que puede ser descargado [AQUÍ], que deberá ser enviada junto a la fotocopia del título o del certificado.

IMPORTANTE: El título original, cuya copia se exige, deberá obligatoriamente haber sido previamente legalizado por medio de la «Apostille de la Haya» (para mayor información [pincha aquí] excepto en el supuesto de certificados de inscripción y de asistencia, cuya legalización no se encuentra admitida por las autoridades españolas, en este caso debe estar provisto de código CSV o QR de verificación.

En el caso de títulos o certificados académicos correspondientes a doctorados, los mismos deberán incluir los datos indicados a continuación:

• Nombre del programa de doctorado;
• Nombre del departamento o de la Facultad;
• Fecha de defensa de la tesis;
• Duración del doctorado en cursos académicos;
• Real Decreto que lo regula.

     4.   Recibo de pago bancario de 41,00 Euros, en el supuesto de solicitud de declaraciones de valor a efectos profesionales
para acceder a las instrucciones de pago [pincha aquí]

     5.  Un sobre pre-franqueado (se aconseja el envío por “carta certificada”) formato medio folio con la dirección completa del solicitante – los sellos pueden adquirirse on line (https://tienda.correos.es) o bien en las Oficinas Postales españolas o adjuntar un «coupon reponse international» que se puede adquirir en las oficinas postales italianas (Poste Italiane).

Modalidad de presentación de la solicitud:

Por correo postal, enviando el formulario de solicitud original y la documentación indicada en el párrafo que antecede a la Cancillería Consular de la Embajada de Italia en Madrid:

Calle Agustín de Betancourt, 3
28003 – Madrid

 

Traducciones

Para la expedición de la declaración de valor no se exige la presentación de las traducciones de los títulos. En el supuesto de que sea necesario presentar en Italia las traducciones con la firma legalizada por esta Cancillería Consular, pueden consultar el siguiente enlace:
https://consmadrid.esteri.it/consolato_madrid/es/i-servizi/domande-frequenti/traduzioni-legalizzazioni.html

 

 

CONVALIDACIÓN DE TÍTULACIONES ACADÉMICAS

La Convalidación de titulaciones académicas es el procedimiento mediante el cual un título obtenido en el extranjero se declara que corresponde a una titulación específica obtenida en Italia.

 

Convalidación de titulaciones académicas obtenidas en España

Las Oficinas Consulares en el extranjero no son competentes en materia de convalidación de titulaciones académicas. Para la convalidación de las titulaciones obtenidas en España, los interesados deberán dirigirse directamente a los “Uffici Scolastici Provinciali”, a las Universidades o al Ministerio de Universidades e Investigación (“MIUR”).

Para mayor información pueden consultar:

– http://www.cimea.it/it/servizi/procedure-di-riconoscimento-dei-titoli/riconoscimento-professionale.aspx

– https://www.miur.gov.it/equipollenze

 

Convalidación de titulaciones académicas obtenidas en Italia

Para la convalidación y la homologación de titulaciones académicas obtenidas en ITALIA, esta Cancillería Consular no tiene competencia alguna.

Para mayor información pueden consultar:

MINISTERIO DE EDUCACION Y FORMACION PROFESIONAL:
https://www.educacionyfp.gob.es/italia/reconocimiento-titulos/para-extranjeros.html

MINISTERIO DE UNIVERSIDADES:
https://www.universidades.gob.es/homologacion-de-titulos-extranjeros-de-educacion-superior-a-titulos-oficiales-espanoles-de-grado-o-master-que-den-acceso-a-profesion-regulada-en-espana-segun-rd-889-2022-de-18-de-octubre/

 

LEGALIZACIÓN DE TÍTULOS ACADÉMICOS

 

Los títulos académicos originales o los certificados académicos deberán obligatoriamente la legalización «Apostille de la Haya» (excepto en el supuesto de certificados académicos de inscripción y asistencia) para las que deberán atenerse al procedimiento indicado a continuación (informaciones en vigor para España):

1. Dirigirse al “Ministerio de Universidades” o a la “Consejería de Educación”, para la legalización de las firmas de los Funcionarios españoles que aparecen en los títulos (en el caso de Madrid: Paseo de la Castellana, n. 162, 28046 Madrid);

2. Dirigirse al “Tribunal Superior de Justicia” o a la “Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia” para la aplicación de la “Apostille” de la Haya (en el caso de Madrid: Calle de la Bolsa, n. 8, 28012 Madrid – Tel. 902.007.214).

Para mayor detalle:
https://www.mjusticia.gob.es/es/ciudadania/tramites/legalizacion-unica-apostilla

IMPORTANTE: las copias de los títulos o de los certificados compulsadas por los Notarios españoles no serán admitidas como “legalización” de los mismos. En el supuesto de que los títulos originales no hubieran sido legalizados mediante la citada “Apostille”, la declaración de valor no podrá ser expedida. En caso de duda, pueden contactar la oficina: scuole.madrid@esteri.it