El 5 de junio de 2016 entró en vigor en la legislación italiana la ley 20 de mayo de 2016, n. 76 “Regulación de las uniones civiles entre personas del mismo sexo y regulación de la convivencia”.
La unión civil constituye una formación social entre personas del mismo sexo de la que se deriva una variación del estado civil de las partes.
El ciudadano italiano residente en esta jurisdicción copnsular y registrado en el A.I.R.E. puede presentar la solicitud de constitución de una unión civil entre personas del mismo sexo, de las cuales al menos una debe poseer la nacionalidad italiana.
Para solicitar el servicio debe enviarse la instancia al correo electrónico madrid.statocivile@esteri.it ·> [descargar aquí]
Las uniones civiles constituidas en la Oficina Consular italiana se transcriben en los registros del estado civil del Comune AIRE del ciudadano italiano. De conformidad con el Convenio de Viena de 1963 sobre las relaciones consulares, la autoridad consular italiana puede desempeñar las funciones de encargado del registro civil, a menos que las leyes y normas del Estado de acreditación lo impidan. Por ello, no siempre es posible proceder al establecimiento de uniones civiles en el extranjero.
Advertencia muy importante: los matrimonios contraídos en base a la ley española entre personas del mismo sexo se registrarán en Italia como “uniones civiles”.