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Pasaporte para menores de 18 años

Para poder expedir un pasaporte a un menor de edad es imprescindible que el certificado de nacimiento haya sido registrado en Italia o bien que la Oficina Consular haya iniciado el trámite de transcripción. Para los menores nacidos en España que necesiten urgentemente el pasaporte se aconseja presentar la solicitud de pasaporte junto con la solicitud de transcripción del certificado de nacimiento. Para acceder a la sección de Registro civil ·> [haga clic aquí]

 

1. Solicitud al Consulado General de Italia en Madrid

La solicitud se envía por correo postal al Consulado General de Madrid (Calle Agustín de Betancourt, 3 – 28003 Madrid) adjuntando la siguiente documentación:

  1. formulario de solicitud cumplimentado y firmado POR AMBOS PADRES y declaración de residencia [descagar aquí]
    • IMPORTANTE: si el formulario de solicitud no puede ser firmado por uno de los progenitores, se deberá obtener el consentimiento del otro progenitor, con métodos diferentes si es ciudadano de la Unión Europea o ciudadano extracomunitario ·>  [haga clic aquí]
    • IMPORTANTE: si no es posible presentar el documento de consentimiento firmado por uno de los padres, el otro padre deberá solicitar autorización judicial para expedir el documento. Si el menor tiene su residencia en la circunscripción consular de Madrid, el interesado podrá solicitar decreto de autorización consular al Cónsul General, en su calidad de «Juez Tutelar» ·>  [haga clic aquí]
  1. dos fotografías en color 40×30 mm.
  2. fotocopia del pasaporte italiano anterior (si no se posee, de otro documento de identidad)
  3. fotocopia del pasaporte de los padres (u otros documentos de identidad)
  4. en caso de robo/extravío del pasaporte: copia de la denuncia presentada a la Policía española/otras autoridades de Policía
  5. SÓLO PARA MENORES DE 12 AÑOS, recibo original del pago o transferencia de la tasa de 116,00 € a la cuenta corriente del Consulado General de Italia en Madrid – Banco Santander (IBAN: ES08 0030 1126 4500 0155 4271 – Código BIC/SWIFT: BSCHESMM – Motivo: “ Pasaporte + nombre menor«)
    PARA MENORES DE 12 A 18 AÑOS, el pago se realiza en la ventanilla mediante TPV con tarjetas de débito emitidas en países de la UE. Queda excluido el pago con tarjetas pertenecientes a circuitos internacionales y el pago en efectivo.

Una vez finalizada la instrucción, la oficina de pasaportes enviará un correo electrónico con las instrucciones para recoger el documento (es IMPORTANTE indicar en el formulario en mayúsculas y en caracteres claros y legibles la dirección de correo electrónico).

El pasaporte deberá ser recogido en el Consulado General de Madrid por al menos uno de los padres en presencia del menor de edad.

 

2. Solicitud a través de un Consulado Honorario

Los residentes en las provincias de Álava, Guipúzcoa, Vizcaya, La Rioja, Navarra, La Coruña, Lugo, Pontevedra, Ourense, Málaga, Almería, Granada, Jaén, Badajoz, Cáceres, Cádiz, Córdoba, Huelva, Sevilla pueden solicitar el pasaporte acudiendo, previa cita, a al Consulado Honorario de referencia con la siguiente documentación:

  1. formulario de solicitud cumplimentado y firmado POR AMBOS PADRES y declaración de residencia [descargar aquí]
    • IMPORTANTE: si el formulario de solicitud no puede ser firmado por uno de los progenitores, se deberá obtener el consentimiento del otro progenitor, con métodos diferentes si es ciudadano de la Unión Europea o ciudadano extracomunitario ·>  [haga clic aquí]
    • IMPORTANTE: si no es posible presentar el documento de consentimiento firmado por uno de los padres, el otro padre deberá solicitar autorización judicial para expedir el documento. Si el menor tiene su residencia en la circunscripción consular de Madrid, el interesado podrá solicitar decreto de autorización consular al Cónsul General, en su calidad de «Juez Tutelar» ·>  [haga clic aquí]
  1. dos fotografías en color 40×30 mm.
  2. fotocopia del pasaporte italiano anterior (si no se posee, de otro documento de identidad)
  3. fotocopia del pasaporte de los padres (u otros documentos de identidad)
  4. en caso de robo/extravío del pasaporte: copia de la denuncia presentada a la Policía Española/otras Autoridades Policiales
  5. recibo original del pago o transferencia de la tasa de 116,00 € a la cuenta corriente del Consulado General de Italia en Madrid – Banco Santander (IBAN: ES08 0030 1126 4500 0155 4271 – Código BIC/SWIFT: BSCHESMM – Motivo: “Pasaporte + nombre del menor”)

El pasaporte deberá ser recogido en la Oficina Consular Honoraria por al menos uno de los padres.

Para concertar una cita envíe un correo electrónico a:

La Coruña (residentes en Galicia): lacoruna.onorario@esteri.it
Málaga (residentes en Almería, Granada, Jaén, Málaga): malaga.onorario@esteri.it
Pamplona (residentes en Álava, Guipúzcoa, Vizcaya, La Rioja, Navarra): pamplona.onorario@esteri.it
Sevilla (residentes en Badajoz, Cáceres, Cádiz, Córdoba, Huelva, Sevilla): siviglia.onorario@esteri.it

Para información relativa a los viajes de menores no acompañados por los padres ·> [haga clic quí]