1. Solicitud a través del Consulado General de Italia en Madrid
La solicitud se envía por correo postal al Consulado General de Italia en Madrid (Calle Agustín de Betancourt, 3 – 28003 Madrid) adjuntando la siguiente documentación:
- Formulario de solicitud y declaración de residencia cumplimentado y firmado [descargar aquí]
- dos fotografías en color 40×30 mm,
- fotocopia del pasaporte italiano anterior (si no se posee, de otro documento de identidad),
- en caso de robo/pérdida del pasaporte: copia de la denuncia de robo/extravío presentada a la Policía Española/otras Autoridades Policiales.
Una vez finalizada la instrucción, la oficina de pasaportes enviará un correo electrónico con las instrucciones para reservar una cita para recoger el documento (es IMPORTANTE indicar en el formulario en mayúsculas y en caracteres claros y legibles la dirección de correo electrónico).
El pasaporte deberá ser recogido en el Consulado General de Italia en Madrid personalmente por el interesado.
El pago de 116€ se realiza el día de la cita en la ventanilla del Consulado de Madrid mediante TPV con tarjetas de débito emitidas en países de la UE. Queda excluido el pago con tarjetas pertenecientes a circuitos internacionales y el pago en efectivo.
2. Solicitud a través de los Consulados Honorarios
Los residentes en las provincias de Álava, Guipúzcoa, Vizcaya, La Rioja, Navarra, La Coruña, Lugo, Pontevedra, Ourense, Málaga, Almería, Granada, Jaén, Badajoz, Cáceres, Cádiz, Córdoba, Huelva, Sevilla pueden solicitar el pasaporte dirigiéndose al Consulado Honorario correspondiente – con cita previa a solicitar por correo electrónico – con la siguiente documentación:
- Formulario de solicitud y declaración de residencia cumplimentado y firmado [descargar aquí] – impreso único temporalmente solo en lengua italiana
- dos fotografías en color 40×30 mm.
- fotocopia del pasaporte italiano anterior (si no se posee, otro documento de identidad)
- En caso de robo/pérdida del pasaporte: copia del informe presentado a la Policía Española/otras Autoridades Policiales
- Recibo original del pago o transferencia de la tasa de 116,00 € a la cuenta corriente del Banco Santander (IBAN: ES08 0030 1126 4500 0155 4271 – Código BIC/SWIFT: BSCHESMM; asunto: “pasaporte + nombre del solicitante”)
El pasaporte deberá ser recogido personalmente en la Oficina Consular Honoraria por el interesado.
Para concertar una cita envíe un correo electrónico a:
- La Coruña (residentes en Galicia): lacoruna.onorario@esteri.it
- Málaga (residentes en Almería, Granada, Jaén, Málaga): malaga.onorario@esteri.it
- Pamplona (residentes en Álava, Guipúzcoa, Vizcaya, La Rioja, Navarra): pamplona.onorario@esteri.it
- Sevilla (residentes en Badajoz, Cáceres, Cádiz, Córdoba, Huelva, Sevilla): siviglia.onorario@esteri.it
En virtud del D.L. 69/2023, a partir del 14 de junio de 2023 los padres y madres de hijos menores ya no deberán presentar el consentimiento del otro progenitor para la emisión de su propio documento de identidad (pasaporte y CIE).
Es decir que el artículo 3-bis modificado de la Ley nº 1185/1967 indica que, cuando exista un peligro concreto y actual de que, debido al traslado al extranjero, pueda eludir el cumplimiento de sus obligaciones hacia sus hijos, el otro progenitor podrá solicitar una medida cautelar contra la expedición del documento.
Dicha solicitud deberá presentarse ante el juez competente del tribunal ordinario donde el menor tenga su residencia habitual o, si el menor reside en el extranjero, ante el Tribunal en cuya circunscripción se encuentre su municipio de inscripción en el AIRE.