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Expedición de pasaporte en casos de demostrada urgencia

CASOS DE URGENCIA

En caso de viaje con comprobada urgencia, acreditada por razones de salud, trabajo, estudio o familiares graves, los ciudadanos residentes e inscritos en el AIRE en la jurisdicción de Madrid podrán acceder a un trámite extraordinario enviando por correo ordinario o certificado la siguiente documentación:

A) el formulario de URGENCIA (poner como primera hoja – adjuntar al formulario de solicitud de pasaporte)

B) la solicitud de pasaporte completa con la documentación necesaria para la expedición del pasaporte [haga clic aquí]

C) documentación que demuestre la urgencia perteneciente a una de las siguientes categorías:

  • motivos de salud: certificado de estructuras o autoridades competentes, públicas o privadas.
  • necesidades laborales urgentes: solicitud motivada firmada por la persona que ocupa cargos directivos (completa con nombre, cargo y número de teléfono de la persona que firma) y escrita en papel con membrete del empleador.
  • motivos de estudio: carta de la Universidad/Centro de Estudios explicando la urgencia;
  •  motivos familiares graves: documentación acreditativa útil para acreditar el motivo de urgencia.

Si la documentación enviada para justificar la urgencia se considera adecuada, la oficina de pasaportes comunicará una cita para recoger las huellas dactilares.

Se procederá a emitir el pasaporte el mismo día de la cita sólo si durante la tramitación de la solicitud no aparezcan antecedentes y la posición de registro/estado civil esté en regla. En el supuesto de emisión del pasaporte con urgencia, el solicitante deberá abonar (además de la tasa de 116 euros para el pasaporte), los derechos de urgencia que ascienden a 50 euros, según tarifa consular, siguiendo las instrucciones que recibirá en la ventanilla.

El procedimiento descrito es válido sólo para los casos indicados anteriormente.

No es posible aceptar solicitudes de expedición urgente de pasaportes para trámites burocráticos a realizar en España o para viajes turísticos.

 

CASOS DE EXTREMA URGENCIA

En caso de urgencia absoluta y documentada para que los viajes se realicen dentro de los 7 días por los mismos motivos antes expuestos (motivos graves familiares, de salud, laborales o de estudio) los residentes en la jurisdicción consular inscritos en el AIRE podrán presentar lasolicitud a la oficina de pasaportes a través del correo electrónico passaporti.madrid@esteri.it, adjuntando la documentación indicada a continuación:

A) el formulario de URGENCIA (poner como primera hoja – adjuntar al formulario de solicitud de pasaporte)

B) la solicitud de pasaporte completa con la documentación necesaria para la expedición del pasaporte [haga clic aquí]

C) documentación que demuestre la urgencia.

A los casos de extrema urgencia se aplica la misma tarifa de los derechos de emergencia mencionada anteriormente.

El procedimiento descrito es válido únicamente para las circunstancias indicadas anteriormente.