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Novedades en materia de consentimientos para pasaporte y CIE para padres de hijos menores

Se informa a los ciudadanos, padres y madre de menores de edad, que a partir del 14 de junio de 2023 ya no será necesario presentar el consentimiento del otro progenitor para la expedición de su documento de identidad (pasaporte y CIE), en aplicación del Decreto Ley 69/2023.

Es decir que el artículo 3-bis modificado de la Ley nº 1185/1967 indica que, cuando exista un peligro concreto y actual de que, debido al traslado al extranjero, pueda eludir el cumplimiento de sus obligaciones hacia sus hijos, el otro progenitor podrá solicitar una medida cautelar contra la expedición del documento.

Dicha solicitud deberá presentarse ante el juez competente del tribunal ordinario donde el menor tenga su residencia habitual o, si el menor reside en el extranjero, ante el Tribunal en cuya circunscripción se encuentre su municipio de inscripción en el AIRE.

A efectos de la expedición de documentos para menores, en cambio, sigue siendo obligatorio el consentimiento firmado por ambos progenitores o por la persona que ejerza la patria potestad.

Para obtener información completa, consulte las páginas del sitio web dedicadas a los trámites para la emisión de pasaportes (haga clic aquí) y CIE (haga clic aquí).