{"id":1419,"date":"2023-10-13T11:36:41","date_gmt":"2023-10-13T09:36:41","guid":{"rendered":"https:\/\/consmadrid.esteri.it\/?page_id=1419"},"modified":"2026-05-19T16:39:47","modified_gmt":"2026-05-19T14:39:47","slug":"registrar-un-nacimiento-2","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/consmadrid.esteri.it\/es\/servizi-consolari-e-visti\/servizi-per-il-cittadino-italiano\/stato-civile\/registrar-un-nacimiento-2\/","title":{"rendered":"Transcripci\u00f3n de nacimiento (iure sanguinis)"},"content":{"rendered":"<div class=\"sr-only\">\n<p><strong>La Ley de Conversi\u00f3n N.\u00ba 74\/2025<\/strong>, que convierte el Decreto Ley N.\u00ba 36\/2025, ha reformado la\u00a0<strong>Ley de 5 de febrero de 1992, N.\u00ba 91<\/strong>, cuyo nuevo texto completo est\u00e1 disponible en el siguiente\u00a0<a href=\"https:\/\/www.normattiva.it\/uri-res\/N2Ls?urn:nir:stato:legge:1992-02-05;91!vig=\"><em>enlace<\/em><\/a>.<\/p>\n<p>De acuerdo con la nueva Ley N.\u00ba 91\/1992, se reconoce como ciudadano italiano\u00a0<em>iure sanguinis<\/em>\u00a0(desde el nacimiento) al:<\/p>\n<ul>\n<li>El menor nacido en Italia, en cualquier fecha, de progenitor italiano;<\/li>\n<li>El menor que posee exclusivamente la ciudadan\u00eda italiana, es decir, que no tiene, ni puede tener, otra ciudadan\u00eda;<\/li>\n<li>El menor que se encuentre en uno de los casos previstos en las letras a), a-bis), b), c) y d) del art\u00edculo 3-bis.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Seg\u00fan las nuevas disposiciones, un menor nacido en el extranjero de progenitor(es) italiano(s), es ciudadano italiano si:<\/p>\n<ol>\n<li>Uno de los progenitores posee\u00a0<strong>exclusivamente\u00a0<\/strong>la nacionalidad italiana (debe demostrarse con certificados oficiales expedidos por atestados de autoridades extranjeras: p. ej., certificados negativos de nacionalidad, renuncia a la nacionalidad extranjera, certificado de no inscripci\u00f3n en listas electorales).<\/li>\n<li>Un abuelo\/a ten\u00eda\u00a0<strong>exclusivamente\u00a0<\/strong>la nacionalidad italiana en el momento del nacimiento del menor o en el momento de su fallecimiento (debe demostrarse con certificados oficiales expedidos por atestados de autoridades extranjeras: p. ej., certificados negativos de nacionalidad, renuncia a la nacionalidad extranjera, certificado de no inscripci\u00f3n en listas electorales).<\/li>\n<li>El menor\u00a0<strong>no posee ni puede poseer\u00a0<\/strong>otra nacionalidad (incluso si la nacionalidad extranjera se transmite autom\u00e1ticamente o por nacimiento en territorio extranjero).<br \/>\nIMPORTANTE: aunque los padres decidan no registrar al hijo en la otra nacionalidad ,\u00a0<strong>el menor se considera extranjero si tiene derecho a obtenerla\u00a0<\/strong>\u2192 en tal caso, no se transmite la nacionalidad italiana.<\/li>\n<li>El padre\/madre italiano\u00a0<strong>residi\u00f3 en Italia, durante al menos 2 a\u00f1os consecutivos,\u00a0<\/strong>despu\u00e9s de haber adquirido la nacionalidad italiana y antes del nacimiento del hijo (demostrable con certificado hist\u00f3rico de residencia del\/de los municipio(s) italianos donde residi\u00f3). <u>Nota: La residencia en Italia antes de adquirir la ciudadan\u00eda italiana es irrelevante, al igual que la residencia del progenitor extranjero en Italia.<\/u><\/li>\n<\/ol>\n<p>Se ruega\u00a0<strong>enviar la solicitud de transcripci\u00f3n del acta de nacimiento del menor \u00fanicamente si se cumplen los requisitos<\/strong>.<br \/>\nEste Consulado General emitir\u00e1 un\u00a0<strong>preaviso formal de denegaci\u00f3n<\/strong>\u00a0en caso de solicitudes incompletas.<\/p>\n<p>Quienes no se encuentren en una de las categor\u00edas mencionadas podr\u00e1n consultar las p\u00e1ginas:<\/p>\n<ul>\n<li><a href=\"https:\/\/consmadrid.esteri.it\/es\/servizi-consolari-e-visti\/servizi-per-il-cittadino-straniero\/cittadinanza\/declaracion-de-adquisicion-de-la-nacionalidad-italiana-por-beneficio-de-ley-hijos-menores-nacidos-en-el-extranjero-de-ciudadanos-italianos-iure-sanguinis\/\">Acquisto della Cittadinanza per \u201cbeneficio di legge\u201d<\/a><\/li>\n<li><a href=\"https:\/\/consmadrid.esteri.it\/it\/servizi-consolari-e-visti\/servizi-per-il-cittadino-straniero\/cittadinanza\/acquisto-della-cittadinanza-di-figli-minori-conviventi-con-genitore-non-cittadino-dalla-nascita\/\">Acquisto della Cittadinanza di figli minori conviventi con genitore non cittadino dalla nascita<\/a><\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>***<\/p>\n<p><strong>C\u00d3MO PRESENTAR LA SOLICITUD<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>Por\u00a0<strong>correo postal y en original<\/strong>al Consulado General de Italia en Madrid, C\/ de Agust\u00edn de Betancourt, 3, 28003 Madrid);<\/li>\n<li>En el <a href=\"https:\/\/consmadrid.esteri.it\/es\/chi-siamo\/la-rete-consolare\/\">Consulado Onorario competente por residencia<\/a>.<\/li>\n<li><strong>directamente en el Ayuntamiento en el que est\u00e9 inscrito en el AIRE<\/strong>(en este caso, es necesario dirigirse a la Oficina del Registro Civil municipal \u00e0 la inscripci\u00f3n en el AIRE no ser\u00e1 autom\u00e1tica y deber\u00e1 solicitarse tras la transcripci\u00f3n por parte del Ayuntamiento; encontrar\u00e1\u00a0<em><u>m\u00e1s informaci\u00f3n al final de esta p\u00e1gina<\/u><\/em>)<\/li>\n<\/ol>\n<p>El Consulado General podr\u00e1 solicitar documentaci\u00f3n complementaria para verificar el cumplimiento de los requisitos legales, en funci\u00f3n del caso concreto.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>DOCUMENTACI\u00d3N A PRESENTAR \u2013 HIJOS NACIDOS DENTRO DEL MATRIMONIO:<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>Formulario de solicitud, completo y firmado \u00b7&gt; [<a href=\"https:\/\/consmadrid.esteri.it\/wp-content\/uploads\/2025\/10\/rich-trascriz-nascita-unico-2025-ver-23.10.pdf\"><em>descargar aqu\u00ed<\/em><\/a>]<\/li>\n<li>Copia de los documentos de identidad de ambos progenitores<\/li>\n<li>Documentaci\u00f3n que ateste el cumplimiento de uno de los requisitos (1, 2, 3 o 4)<\/li>\n<li>Certificado de nacimiento original:<br \/>\na) Nacidos en Espa\u00f1a: certificado literal de nacimiento y certificado de nacimiento pluriling\u00fce en modelo internacional, ambos emitidos por el Registro Civil espa\u00f1ol.<br \/>\nb) Nacidos en otros pa\u00edses de la UE: certificados de nacimiento en modelo internacional\/pluriling\u00fce expedidos en base al el Reglamento UE 1191\/2016.<br \/>\nc) Nacidos fuera de la UE: certificado literal de nacimiento, expedido por la autoridad competente, legalizado con Apostilla de La Haya o legalizado por v\u00eda diplom\u00e1tica, si el pa\u00eds que expide el documento no es parte en el convenio de la Haya, y con traducci\u00f3n oficial al italiano.<\/li>\n<li>Solicitud de transcripci\u00f3n del acta de matrimonio, si no se hubiera presentado anteriormente.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>DOCUMENTACI\u00d3N A PRESENTAR \u2013 HIJOS NACIDOS FUERA DEL MATRIMONIO:<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>Formulario de solicitud, completo y firmado \u00b7&gt; [<a href=\"https:\/\/consmadrid.esteri.it\/wp-content\/uploads\/2025\/10\/rich-trascriz-nascita-unico-2025-ver-23.10.pdf\"><em>descargar aqu\u00ed<\/em><\/a>]<\/li>\n<li>Copia de los documentos de identidad de ambos progenitores<\/li>\n<li>Documentaci\u00f3n que ateste el cumplimiento de uno de los requisitos (1, 2, 3 o 4)<\/li>\n<li>Certificado de nacimiento original:\n<ol>\n<li><u>Nacidos en Espa\u00f1a*<\/u>: certificado literal de nacimiento,y certificado de nacimiento pluriling\u00fce en modelo internacional, ambos emitidos por el Registro Civil espa\u00f1ol.<\/li>\n<li><u>Nacidos en otros pa\u00edses<\/u>: certificado literal de nacimiento literal emitido por la autoridad competente, legalizado (con Apostilla de la Haya o legalizado por v\u00eda diplom\u00e1tica, si el pa\u00eds que expide el documento no es parte en el Convenio de la Haya) y traducido oficialmente al italiano. Las traducciones deben realizarse y legalizarse en el pa\u00eds de emisi\u00f3n del documento extranjero (con Apostilla, si lo prev\u00e9n las normas locales, o bien legalizado en la oficina consular italiana competente territorialmente), o jurarse antes un tribunal o notar\u00eda en Italia. El acta debe contener el\u00a0<strong>reconocimiento expreso de ambos padres<\/strong>. Siempre es necesario verificar la exactitud de la documentaci\u00f3n con el Consulado italiano responsable de su expedici\u00f3n, consultando su p\u00e1gina web. Encontrar\u00e1 m\u00e1s informaci\u00f3n en la <a href=\"https:\/\/consmadrid.esteri.it\/es\/servizi-consolari-e-visti\/servizi-per-il-cittadino-italiano\/traduzione-e-legalizzazione-dei-documenti\/\">p\u00e1gina correspondiente<\/a>.<\/li>\n<\/ol>\n<\/li>\n<\/ol>\n<p>*Nota: con el fin de simplificar el procedimiento relativo a las solicitudes de inscripci\u00f3n presentadas en Espa\u00f1a de hijos nacidos fuera del matrimonio, gracias a las conversaciones mantenidas con el Ministerio del Interior competente, la documentaci\u00f3n exigida por el Consulado ya no incluye la traducci\u00f3n al italiano del <em>certificado literal de nacimiento<\/em>, que deber\u00e1 presentarse en el idioma original.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>HIJOS NACIDOS EN PAREJAS DEL MISMO SEXO<\/strong><\/p>\n<p>Dada la particularidad de algunos casos, se recomienda, si es necesario, ponerse en contacto previamente con la Oficina del Registro Civil (<a href=\"mailto:madrid.statocivile@esteri.it\">madrid.statocivile@esteri.it<\/a>) para conocer la documentaci\u00f3n que debe presentarse.<\/p>\n<p><strong>La ley italiana no permite la transcripci\u00f3n de actas relativas a hijos nacidos mediante gestaci\u00f3n por sustituci\u00f3n (maternidad subrogada).<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>FINALIZACI\u00d3N DEL PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCI\u00d3N DEL NACIMIENTO<\/strong><\/p>\n<p>Una vez tramitada la solicitud y verificada la documentaci\u00f3n, el Consulado remitir\u00e1 la solicitud de inscripci\u00f3n del nacimiento al Ayuntamiento de inscripci\u00f3n en el AIRE en Italia. Los solicitantes recibir\u00e1n una notificaci\u00f3n por correo electr\u00f3nico confirmando el env\u00edo de la solicitud de inscripci\u00f3n.<\/p>\n<p>Cabe destacar que la decisi\u00f3n final sobre la inscripci\u00f3n efectiva de la partida de nacimiento en Italia recae exclusivamente en el municipio de inscripci\u00f3n en el AIRE. Una vez concluido el procedimiento en Italia, ser\u00e1 el propio municipio del AIRE el que comunique a los solicitantes que se ha procedido a la inscripci\u00f3n del nacimiento.<\/p>\n<p>Cualquier solicitud de documentaci\u00f3n adicional, denegaci\u00f3n de la inscripci\u00f3n por parte del municipio AIRE u otros casos deber\u00e1n tratarse directamente con el municipio de inscripci\u00f3n en el AIRE.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>INSCRIPCI\u00d3N EN EL AIRE<\/strong><\/p>\n<p>Si el menor reside en Espa\u00f1a, se le inscribir\u00e1 autom\u00e1ticamente en el registro AIRE junto con la transcripci\u00f3n del nacimiento.<\/p>\n<p><strong>INSCRIPCI\u00d3N EN EL AIRE DE UN HIJO MENOR DE EDAD O RECI\u00c9N NACIDO CUYO ACTA DE NACIMIENTO SE HAYA INSCRITO DIRECTAMENTE EN ITALIA<\/strong><br \/>\nEn caso de solicitar la inscripci\u00f3n en el AIRE de un menor\/reci\u00e9n nacido nacido en el extranjero, cuyo acta de nacimiento se haya inscrito directamente en el ayuntamiento de Italia, los padres \u2014ya inscritos en el AIRE\u2014 deber\u00e1n cumplimentar el\u00a0<a href=\"https:\/\/consmadrid.esteri.it\/wp-content\/uploads\/2024\/08\/rich-aire-minori-sono-un-genitore_it-2024-ver-27.08-1.pdf\">formulario adjunto<\/a>\u00a0y enviarlo por correo postal a la direcci\u00f3n del Consulado, acompa\u00f1ado del extracto de nacimiento, de un justificante de residencia y de los documentos de identidad de todos los miembros del n\u00facleo familiar.<\/p>\n<p><strong>INFORMACI\u00d3N RELATIVA AL APELLIDO Y AL NOMBRE DE SU HIJO<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li><strong>APELLIDO<\/strong><br \/>\nA ra\u00edz de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Uni\u00f3n Europea de 14 de octubre de 2008, la partida de nacimiento de un ciudadano italiano expedida en un Estado miembro de la Uni\u00f3n Europea (y, por lo tanto, tambi\u00e9n en Espa\u00f1a) se inscribe en Italia indicando el apellido atribuido con arreglo a la legislaci\u00f3n de ese mismo Estado, incluso cuando en \u00e9l rija una normativa sobre apellidos diferente a la prevista por el ordenamiento jur\u00eddico italiano.<\/li>\n<li><strong>NOMBRE<\/strong><br \/>\nDe conformidad con el art\u00edculo 34 del Decreto Presidencial 396\/2000, est\u00e1\u00a0<strong>prohibido<\/strong><u>\u00a0<\/u>poner a un hijo\u00a0<strong>el mismo nombre que el del padre vivo<\/strong>, el de un\u00a0<strong>hermano<\/strong>\u00a0o una\u00a0<strong>hermana vivos<\/strong>, un\u00a0<strong>apellido como nombre<\/strong>, o\u00a0<strong>nombres rid\u00edculos o vergonzosos<\/strong>. Los nombres extranjeros deben escribirse con letras del alfabeto italiano, incluyendo las letras J, K, X, Y, W. Si el progenitor tiene la intenci\u00f3n de poner al ni\u00f1o un nombre que infrinja las prohibiciones establecidas, el funcionario del Registro Civil del Ayuntamiento le advertir\u00e1 de la prohibici\u00f3n y, si el declarante persiste en su decisi\u00f3n, levantar\u00e1 el acta y lo notificar\u00e1 inmediatamente al Fiscal de la Rep\u00fablica a efectos de la incoaci\u00f3n del procedimiento de rectificaci\u00f3n. El nombre impuesto al ni\u00f1o debe corresponder a su sexo y puede estar compuesto por uno o m\u00e1s elementos, incluso separados, y en cualquier caso no m\u00e1s de tres. A tal fin, se considera oportuno aconsejar a los padres que eviten imponer a sus hijos nombres que puedan dar lugar a equ\u00edvocos sobre el sexo de los mismos.<\/li>\n<\/ul>\n<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"La Ley de Conversi\u00f3n N.\u00ba 74\/2025, que convierte el Decreto Ley N.\u00ba 36\/2025, ha reformado la\u00a0Ley de 5 de febrero de 1992, N.\u00ba 91, cuyo nuevo texto completo est\u00e1 disponible en el siguiente\u00a0enlace. 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