La asistencia que la Oficina Consular puede prestar a un ciudadano italiano que se encuentre en dificultades en el extranjero no es fácil de clasificar. Sin embargo, entre las intervenciones que se pueden efectuar están:
- asistencia a detenidos > pinchar aquí para acceder a la guía consular - PDF ITA
- asistencia indirecta a través de Asociaciones humanitarias y Entidades asistenciales
- asistencia legal > pinchar aquí para más información
- asistencia en caso de robo o pérdida de documentos > pinchar aquí para más información
- asistencia económica (sólo en casos de absoluta necesidad)
- asistencia en la búsqueda de ciudadanos
- repatriación de los restos mortales
Asistencia a detenidos
En caso de arresto el ciudadano italiano tiene derecho a solicitar la protección consular, por tanto el Consulado competente puede:
· visitar al detenido
· proporcionar nombres de abogados locales
· mantener contactos con la familia
· asegurar, cuando sea necesario y esté permitido por las normas locales, suministros médicos o de otro tipo
La Oficina Consular no puede intervenir en juicio en nombre del ciudadano y/o pagar costas legales.
Asistencia indirecta a través de Asociaciones humanitarias y Entidades asistenciales
En Madrid existe la Sociedad Italiana de Beneficencia (S.I.B.), que desde hace más de un siglo se ocupa de los italianos residentes en la jurisdicción consular y que se encuentran en situaciones de pobreza o en contextos socio-familiares difíciles.
·> http://www.beneficenzaitaliana.es
Sanidad
Ls Oficinas Consulares no tienen competencia en materia sanitaria. Los ciudadanos italianos que viajen a España, inscritos en el "Servizio Sanitario Nazionale", tienen acceso a las prestaciones sanitarias gratuitas si poseen la tarjeta sanitaria europea (TEAM). Los hospitales públicos y los servicios de "Urgencias" prestan ayuda médica de emergencia en caso de necesidad. Para obtener más información acerca de la tarjeta "TEAM" es aconsejable visitar el sitio web la Comisión Europea: http://ec.europa.eu/social/
La Cancillería Consular de la Embajada de Italia en Madrid dispone también de una lista de médicos de referencia > pinchar aquí
Repatriación de restos mortales
La Oficina Consular presta asistencia y asesoramiento en caso de repatriación de restos mortales de ciudadanos italianos fallecidos en España. En este contexto, la labor de la Oficina Consular es solicitar autorización al Municipio italiano para el entierro del cuerpo (o de las cenizas) y emitir el pasaporte mortuario.
Para obtener dicho pasaporte se deberá presentar la siguiente documentación:
- impreso de solicitud (en dos idiomas, formato PDF) > pinchar aquí
- certificado de defunción "literal" y certificado de defunción internacional (Convenio de Viena de 1976) emitido por el "Registro Civil" español que registró el deceso
- copia del documento de identificación del difunto
- Recibo de pago tasa consular de 41,00 € (Banco Santander, c/c IBAN: ES08.0030.1126.4500.0155.4271, concepto “Passaporto mortuario + nombre fallecido”)
- además
- en caso de cenizas: certificado de cremación
- en caso de cadáver:
- certificado médico de defunción
- licencia para dar sepoltura
- autorización sanitaria al traslado