Las personas que residen en el extranjero, sean ciudadanos italianos o extranjeros, pueden obtener un certificado de antecedentes penales enviando la solicitud a cualquier oficina de la Procura della Repubblica en Italia (Ufficio del "Casellario Giudiziale"), independientemente del lugar de nacimiento o de residencia. Las Oficinas Consulares no expiden certificados penales ni pueden tramitar las solicitudes por cuenta de terceros.
El certificado se expide únicamente en lengua italiana y, si lo emite por la oficina de Bolzano, en alemán.
En aplicación del Reglamento de la UE n. 2016/1911, de 6 de julio de 2016, ya no es necesario solicitar que los documentos públicos emitidos en un país de la UE se completen con la "Apostilla" de La Haya del 5 de octubre de 1961 (nota: sólo los previstos en el reglamento). Estos documentos públicos son: documentos administrativos, escrituras notariales, sentencias y documentos consulares. El reglamento también establece formularios estándar multilingües (en todas las lenguas de la UE) que pueden adoptarse, a solicitud de las partes interesadas, para documentos públicos relacionados con: nacimiento, existencia en vida, deceso, matrimonio, unión registrada, domicilio y/o residencia, ausencia de antecedentes penales.
Toda la información sobre las modalidades de expedición del certificado están descritas en la página web del Ministero della Giustizia italiano: https://www.giustizia.it/giustizia/it/mg_3_3_2.page.
En caso de dudas o aclaraciones sobre este servicio los interesados deberán dirigirse directamente a la oficina de la Procura della Repubblica elegida. Se proporcionan a continuación los contactos de la Procura della Repubblica de Roma, que contesta en italiano o en inglés:
Procura della Repubblica presso il Tribunale di Roma
Via Mario Amato n. 13/152 (Piazzale Clodio)
00195 ROMA (RM)
Tel. 06 38701 – 06 38704012 – 06 38704009
Fax 06 39736135
E-mail: casellario.procura.roma@giustizia.it
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NO ENVÍE SOLICITUDES DE CERTIFICADOS PENALES A LA CANCILLERÍA CONSULAR. LAS SOLICITUDES RECIBIDAS POR ERROR NO PODRÁN SER CURSADAS.